jueves, 27 de octubre de 2011

ACTIVIDAD DE INTEGRACIÓN

La empresa “Mas deporte”, dedicada a la venta de indumentaria deportiva, desea realizar la liquidación del sueldo a su empleado administrativo, Ramiro Hernández, siendo este casado con dos hijos a cargo, adherido al sindicato de empleados de comercio.
Su sueldo básico es de $ 3500 y durante su período laboral se ha registrado una inasistencia sin previo aviso ni justificación posterior.

Se solicita:
a)    Confeccionar el recibo de sueldos correspondiente al mes de Septiembre.
b)   Confeccionar el formulario de AFIP 931.



LIQUIDACIÓN DE HABERES

CUIL:
Nombre y Apellido:

Convenio:

Calificación Profesional:
Fecha de Ingreso:


HABERES
IMPORTE
Recibí la cantidad de $:
Sueldo Mensual


Presentismo

en concepto de Haberes correspondientes
S.A.C.

al mes de ………………………….., conforme a la
Vacaciones

presente liquidación dejando constancia de


haber recibido duplicado de este recibo.-
Total de Haberes

Firma del Beneficiario:
DEDUCCIONES

Jubilación

Empleador:
INSSJyP

CUIT:
Obra Social

Domicilio:
Cuota Sindical

Firma del Empleador:



Total de Deducciones

Son $
TOTAL A COBRAR

Lugar y Fecha:













APUNTE TEÓRICO COMPLEMENTARIO

CONTRIBUCIONES DEL EMPLEADOR
Son las sumas de dinero que la empresa (Empleador) debe abonar a las instituciones cuando se tienen trabajadores en relación de dependencia.
Estas contribuciones, junto a los aportes que realizan los empleados, son declaradas ante la AFIP mediante el Formulario 931.
En la actualidad están obligados a realizar la declaración vía internet siempre que se tenga  hasta 10 empleados, ingresando a la página del organismo: www.afip.gob.ar.
Los porcentajes que debe abonar el empleador son diferentes en relación a los que aporta el empleado y se calculan en base al sueldo remunerativo que se le paga al empleado:

JUBILACIÓN
El porcentaje es del 10,17%
ASIGNACIONES
FAMILIARES
El monto es el 4,44%.
INSSJ y P
(Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados)
Se destina el 0,90%.
OBRA SOCIAL
Aquí el porcentaje es del 6%
LRT
(Ley de riesgo de trabajo)
Desde el año 1995, el empleador tiene la obligación de pagar una ART (Aseguradora de Riesgo de Trabajo) para costear montos que se manejan en los juicios por accidentes laborales, los cuales, en muchos casos, causaban serios daños patrimoniales a las empresas.
El aporte depende de la actividad de la empresa y es un porcentaje calculado sobre el total del sueldo remunerativo más un monto fijo de $0,60 por empleado.
En este caso, al ser empleado de comercio, se tomará un 8% sobre el sueldo remunerativo, más $0,60 fijo.

INSTITUTO SUPERIOR DE PROFESORADO N°19
TALLER DE DOCENCIA III


COLEGIO: Superior N°50, General  José de San Martín.
ESPACIO CURRICULAR: Procesos Productivos.
CURSO: 4° Primera.
ALUMNA PRACTICANTE: Lucrecia Rodriguez.
TEMA: Formulario de Afip 931.
FECHA:
TIEMPO:

INICIO
La profesora iniciará la clase, repasando, brevemente, lo trabajado durante clase anterior (confección de un recibo de sueldos) y hará una introducción relacionándolo con el uso del Formulario de Afip 931.

DESARROLLO
Se hará una explicación sobre el uso de este Formulario de Afip.
Se mencionará que su confección es vía on-line y que su función es declarar los aportes y contribuciones que realiza una persona que tiene empleados a cargo.
Seguido a esto se le entregará a cada alumno una copia de un Formulario en blanco, (como el que figura a continuación).
Este se irá completando de manera conjunta con la profesora que irá explicando desde el pizarrón sus divisiones y cómo se deben agrupar los porcentajes para declararlos. De manera grupal se irán haciendo los cálculos correspondientes que se requieran para completar el Formulario.



CIERRE
Una vez realizada la actividad, se hará un repaso sobre lo hecho durante la clase y se indagará a los alumnos sobre las posibles dudas que puedan llegar a tener.
Se guido a esto se le entregará a cada alumno una actividad integradora que incluirá una consigna que pedirá que se le liquide un sueldo a un empleado y que se declare, mediante el Formulario de Afip 931, los aportes y contribuciones que se deben realizar. Esta actividad se debe realizar de manera individual y traerla lista para la próxima clase.

APUNTE TEÓRICO DE SUELDOS

SUELDOS

El sueldo es el pago que recibe, en forma periódica, un empleado de mano de su empleador a cambio de una cierta actividad productiva llevada a cabo.
El pago del sueldo es un acuerdo entre las partes, Empleado y Empleador, que se realiza, por lo general, mensualmente, en efectivo o acreditando el importe en una cuenta bancaria a nombre del Empleado, y puede pagarse también una parte en especie, según lo acordado entre las partes.
En algunas actividades, además del Empleado y El empleador, el Estado interviene regulando ciertas condiciones, estableciendo, por ejemplo, el monto mínimo de sueldo que debe recibir un trabajador.
Las condiciones de monto, horario que se debe cumplir y forma de pago, entre otras, están especificadas en el contrato de trabajo que se realiza antes de que el Empleado empiece a trabajar.

El Sueldo Remunerativo que cobrará el Empleado  figura en el recibo de sueldos, documento que respalda el pago de este.
Todo lo que es remuneración:
· Esta sujeto a Aportes del Empleado y Contribuciones del Empleador.
· Se tiene en cuenta para el pago del SAC (Sueldo Anual Complementario o Aguinaldo), Indemnización por despido y Salario por enfermedad inculpable o accidental.
· Es lo que se conoce, comúnmente, como sueldo en blanco.
Además de lo nombrado anteriormente, el Empleado puede cobrar también un monto No Remunerativo acordado con el Empleador. Este monto no figura en el recibo de sueldos.

APORTES Y CONTRIBUCIONES.
APORTES DE LOS EMPLEADOS: son las sumas de dinero con que contribuye el Empleado al mantenimiento de las Instituciones del Estado. Son retenidas en la liquidación de sus remuneraciones por el Empleador y, junto con la contribución patronal que le corresponde, son enviadas a dichas instituciones. En el recibo de sueldos figuran, generalmente, como deducciones.
CONTRIBUCIONES DEL EMPLEADOR: son las sumas de dinero que la empresa (Empleador) debe abonar a las instituciones cuando se tienen trabajadores en relación de dependencia.

RECIBO DE SUELDOS
Todo pago de remuneración deberá documentarse con un recibo, el cual será confeccionado por el Empleador.
Se realizan dos ejemplares:
· Original: para el Empleador, firmado por el Empleado.
· Duplicado: para el Empleado, firmado por el Empleador.

REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR UN RECIBO DE SUELDOS:
· Nombre y domicilio del Empleador.
· Apellido, nombre del Empleado y número de C.U.I.L.
· Cargo que desempeñará el Empleado.
· Detalle de los haberes percibidos por el Empleado.
· Detalle de las deducciones efectuadas: Jubilación, I.N.S.S.J. y P., Cuota Sindical, Obra Social, etc.
· Lugar y fecha de pago.
· Importe neto a cobrar, expresado en número y letras.
· Fecha de ingreso del trabajador.

ADICIONALES DE SUELDO.

· SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO (S.A.C.): Se conoce también con el nombre de Aguinaldo. Consiste en una suma adicional a la que tienen derecho todos los trabajadores en relación de dependencia.
Es el 50% de la remuneración mensual devengada en el semestre de cada año.
                                        1° PAGO                       Mes de JUNIO
                                 
                                       2° PAGO                        Mes de DICIEMBRE

· PRESENTISMO: es una suma recibida mensualmente premiando la buena conducta laboral. Actualmente, corresponde al 8,33% del sueldo básico (en este caso) pero el porcentaje depende de la actividad que se realice y de acuerdos hechos con el sindicato correspondiente. No se paga Presentismo cuando el Empleado falta un día al trabajo sin justificación o aviso previo.  Caso contrario, el Empleado lo sigue cobrando.

· VACACIONES: el Empleado tiene derecho a un periodo de descanso anual remunerado, que dependerá de la antigüedad que tenga en el empleo. Las vacaciones tienen como finalidad otorgar un descanso prolongado que le permita al trabajador superar el desgaste de su actividad laboral y proteger su integridad psicofísica.

DEDUCCIONES.
Las deducciones son aquellas cantidades que se restan del total del sueldo, obteniéndose así el monto neto que va percibir el trabajador.
JUBILACIÓN
Actualmente el porcentaje es del 11%
INSSJ y P
(Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados)
 Se descuenta el 3% sobre lo remunerativo para financiar los servicios que le brinda el estado a los jubilados
 OBRA SOCIAL

Se retiene el 3% y de este monto se retiene entre un 10 y un 15% destinado a ANSSAL (Administración Nacional de Seguros de Salud)
CUOTA SINDICAL
En algunos sectores no es obligación agremiarse y el porcentaje, ronda entre el 2 y el 3%. Se aplica según cada gremio y va directo a la entidad sindical.
 
EJEMPLO DE UN RECIBO DE SUELDOS.
LIQUIDACIÓN DE HABERES
CUIL:
Nombre y Apellido:
Convenio:
Calificación Profesional:
Fecha de Ingreso:
HABERES
IMPORTE
Recibí la cantidad de $:
Sueldo Mensual
Presentismo
en concepto de Haberes correspondientes
S.A.C.
al mes de ………………………….., conforme a la
Vacaciones
presente liquidación dejando constancia de
Total de Haberes
Firma del Beneficiario:
DEDUCCIONES
Jubilación
Empleador:
INSSJyP
CUIT:
Obra Social
Domicilio:
Cuota Sindical
Firma del Empleador:
Total de Deducciones
Son $
TOTAL A COBRAR
Lugar y Fecha:

























pagan mensualmente, como por ejemplo, las asignaciones por hijo; otras, como por ejemplo la asignación por ayuda escolar, se pagan una vez al año.
ASIGNACIONES FAMILIARES.
Las asignaciones familiares son importes percibidos por el Empleado en relación de dependencia, de acuerdo a determinadas circunstancias.
Algunas asignaciones familiares se 
No figuran en el recibo de sueldos. No se encuentran sujetas a aportes ni a descuentos jubilatorios. No se tienen en cuenta para la liquidación del Sueldo Anual Complementario ni para el pago de las indemnizaciones por despido o accidente.
Actualmente, el pago de estas asignaciones está a cargo de ANSES (Administración Nacional de Seguridad Social).